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Cómo abrir un restaurante en España: la lista de comprobación de la idea al primer cliente
Redacción tischlein · Actualizado el 16 de octubre de 2026
La respuesta en breve
Para abrir un restaurante en España necesitas, por este orden: un concepto, un local apto, una financiación calculada, los trámites con el ayuntamiento (licencia de actividad o declaración responsable) y con la comunidad autónoma (registro sanitario), la parte fiscal y laboral, el equipamiento, la carta, la web y un plan de apertura. En España no hay una licencia nacional única: cada ayuntamiento y cada comunidad autónoma tienen su procedimiento, así que aclara pronto qué te piden en tu municipio. Cuenta con varios meses de margen.
La lista en resumen
Abrir son muchos pasos que dependen unos de otros: sin local no hay licencia, y sin permiso del ayuntamiento no hay obra definitiva. La tabla muestra el orden. No hay un plazo oficial: lo deciden el local y las administraciones.
| Paso | Cuándo | Resultado |
|---|---|---|
| 1. Concepto | al principio | Público, oferta, nivel de precios, nombre |
| 2. Local | después del concepto | Contrato de alquiler o compra, uso permitido |
| 3. Financiación y forma jurídica | en paralelo al local | Plan de costes, capital propio, crédito, autónomo o sociedad |
| 4. Trámites con ayuntamiento y comunidad autónoma | antes de abrir, mejor antes de las obras | Licencia de actividad o declaración responsable, registro sanitario, alta censal |
| 5. Obras y equipamiento | tras el visto bueno sobre el uso del local | Cocina, sala, tecnología, programa de facturación |
| 6. Personal | antes de la apertura | Equipo, alta en la Seguridad Social, turnos |
| 7. Carta | en paralelo a las obras | Carta, precios, alérgenos, proveedores |
| 8. Web y presencia | unas cuatro semanas antes | Web, ficha de Google, redes sociales |
| 9. Apertura | últimas semanas | Cena de prueba, fecha de apertura |
Concepto y local
Empieza por responder a tres preguntas: quién tiene que venir, qué recibe el cliente contigo y por qué volvería. Escribe el concepto en una página: público, oferta, nivel de precios, horarios y lo que te distingue.
Para el local cuentan el paso de gente, el acceso, la terraza, el entorno y la competencia. Antes de firmar comprueba con el ayuntamiento si el local puede albergar una actividad de hostelería: uso del suelo, aforo, seguridad contra incendios, accesibilidad, ruido y salida de humos deciden si abres y cuándo. Si quieres terraza en la vía pública, necesitas un permiso municipal.
Financiación y forma jurídica
Un cálculo preciso pertenece al plan de negocio, que preparas con tu gestoría. Para la estimación, apunta los costes únicos (obras, cocina, mobiliario, tecnología, fianza, existencias iniciales, web, apertura), los costes mensuales (alquiler, personal, materia prima, energía, seguros, software) y una reserva para los primeros meses.
Las formas más habituales son el autónomo (empresario individual, con responsabilidad personal) y la sociedad limitada (S.L.). Para la S.L. el capital mínimo es de 1 euro, pero por debajo de 3.000 euros de capital más reserva rige una reserva legal del 20 % y los socios responden de la diferencia si se liquida la sociedad; hace falta notario e inscripción en el Registro Mercantil. Sobre ayudas y créditos, como el ICO, lee la guía de costes y financiación.
Trámites con el ayuntamiento y la comunidad autónoma
Esta es la parte que más cambia de un país a otro, y en España también de un municipio a otro. No hay una licencia nacional única: el ayuntamiento controla el local y la actividad, la comunidad autónoma el registro sanitario y las normas de turismo o de horarios, y Hacienda y la Seguridad Social el negocio en sí.
Para la actividad, según la ordenanza de tu municipio, se pide una licencia de actividad o apertura o una declaración responsable (o comunicación previa) antes de abrir, a menudo con un proyecto técnico firmado por un arquitecto o ingeniero. La hostelería no está entre las actividades que la Ley 12/2012 libera de licencia previa, así que el régimen local sigue aplicándose. Además, el establecimiento se inscribe en el registro autonómico de empresas alimentarias mediante comunicación o declaración responsable, y debe haber una persona responsable del procedimiento basado en el APPCC.
Impuestos, facturación y personal
El IVA de la hostelería y de las comidas y bebidas para consumir en el acto es del 10 %, también el alcohol servido en el local. En la comida para llevar, los alimentos van al 10 %, pero el alcohol y los refrescos con azúcar añadido van al 21 %: un pedido mixto necesita líneas separadas. Canarias (IGIC), Ceuta y Melilla tienen otro régimen, y el País Vasco y Navarra sus propias haciendas.
En España no hay una caja fiscal certificada como en otros países; la obligación recae en el programa de facturación (Ley 11/2021 y el reglamento de sistemas de facturación, «Verifactu»). Según fuentes secundarias, el plazo es el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del impuesto de sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto, y se ha hablado de un nuevo aplazamiento: comprueba el BOE y pregunta a tu gestoría. En el País Vasco rige además TicketBAI.
Para contratar, la empresa se da de alta en la Seguridad Social y registra a cada persona antes de que empiece (lo hace normalmente tu gestoría). El salario mínimo interprofesional de 2026 es de 1.221 euros al mes en 14 pagas (17.094 euros al año); los convenios de hostelería, en su mayoría provinciales, suelen pagar más. Jornada y descansos siguen el Estatuto de los Trabajadores, y el registro diario de la jornada es obligatorio.
Equipamiento, carta e higiene
Planifica la cocina a partir del plato: qué hay en la carta y qué aparatos, frío y almacén necesita. Compra solo lo que la carta exige. Cuenta con retrasos: los oficios están ocupados, los aparatos tardan en llegar y la administración pide aclaraciones.
La carta es mejor corta. Calcula el coste de cada plato e indica los alérgenos: los 14 alérgenos del Reglamento (UE) 1169/2011 son obligatorios también en los alimentos sin envasar, por escrito o, si se registran por escrito o por medios electrónicos en el local, de palabra a petición. La carta y la lista de precios muestran el precio total con impuestos, sin fórmulas como «precio según mercado», y la hostelería debe ofrecer siempre agua del grifo gratuita.
En higiene necesitas un procedimiento permanente basado en el APPCC con una persona responsable (Real Decreto 1021/2022, art. 20) y control de temperaturas. La formación del personal es obligatoria según su puesto; si hace falta además un certificado de manipulador de alimentos lo decide tu comunidad autónoma.
Web, presencia y apertura
Los clientes te buscan antes de que abras la puerta. Empieza cuatro semanas antes con una web sencilla, la ficha del negocio en Google y una cuenta de Instagram. Enseña las obras, el equipo y la carta: así crece la expectación y el primer día ya tienes reservas.
- Publicar la web con dirección, horarios, carta y reservas en línea.
- Crear y verificar la ficha del negocio en Google.
- Organizar una cena de prueba con amigos, familia y vecinos para probar los procesos.
- Fijar la fecha de apertura y anunciarla en todos los canales.
- En las primeras semanas, recoger y contestar las reseñas.
- A las cuatro semanas, revisar las cifras: clientes al día, coste de materia prima, horas de trabajo.
Errores típicos antes de abrir
Muchas aperturas fracasan no por la idea, sino por la planificación y la liquidez. Estos errores se pueden evitar.
- Un cálculo demasiado justo: las obras y los trámites casi siempre tardan más y cuestan más de lo previsto.
- Firmar el alquiler antes de saber si el local admite una actividad de hostelería.
- Una carta demasiado grande que sobrecarga compras, cocina y almacén.
- Poca gente en el equipo, contratada demasiado tarde.
- Ningún plan de marketing: la puerta se abre, pero nadie lo sabe.
Web, carta y turnos antes del primer cliente
tischlein prepara tu web, la carta digital con alérgenos y el plan de turnos mientras los trámites siguen su curso. Le dices al chat lo que necesitas y revisas la vista previa: el día de la apertura no tienes que construir nada más.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se abre un restaurante en España?
Eliges la forma jurídica (autónomo o sociedad) y te das de alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Después tramitas con el ayuntamiento la licencia de actividad o la declaración responsable, según su ordenanza, y registras el establecimiento en el registro de empresas alimentarias de tu comunidad autónoma. No hay una licencia nacional única.
¿Cuánto se tarda en abrir un restaurante?
No hay un plazo oficial. Las guías comerciales hablan de uno a tres meses para la licencia de actividad, más dos o tres meses para el proyecto técnico y las obras, pero son cifras de blogs que varían según el municipio. Cuenta con varios meses desde la idea hasta la apertura y añade un margen.
¿Qué IVA se aplica en un restaurante?
El 10 % en los servicios de hostelería y en las comidas y bebidas para consumir en el acto, también el alcohol servido en el local. En la comida para llevar, los alimentos van al 10 %, y el alcohol y los refrescos con azúcar añadido al 21 %. Confírmalo con tu gestoría.
¿Qué alérgenos tengo que indicar?
Los 14 alérgenos del Reglamento (UE) 1169/2011 también en los alimentos sin envasar. En España el Real Decreto 126/2015 exige la información por escrito, o de palabra a petición si además está registrada por escrito o por medios electrónicos en el local y hay un aviso visible que explique cómo pedirla.
¿Cuánto cuesta abrir un restaurante?
No hay estadística oficial. Las guías comerciales hablan de entre 50.000 y 300.000 euros de media, y de desde unos 20.000 euros para un local pequeño. Son estimaciones: pide presupuestos para tu local y lee la guía de costes.
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